Guía para la prevención de la violencia política hacia las mujeres por razón de género

PRESENTACIÓN

En la sociedad cubana también se encuentra presente la violencia de género, con todas las formas de manifestación.

Las mujeres de la sociedad civil independiente son un sector vulnerable dentro y fuera de sus organizaciones, porque aún perdura la estructura patriarcal y machista.
El desarrollo político de la mujer cubana aún no es suficiente por el protagonismo político masculino, donde aún perduran los estereotipos de género. Los varones cubanos se resisten a que las mujeres asuman puestos de liderazgo.
Sin embargo, son evidentes los cambios ocurridos en la forma de pensar de mujeres que se han involucrado en la defensa por desnaturalizar la violencia de género. El  protagonismo alcanzado por las mujeres se ve obstaculizado por el pensamiento machista que está vigente dentro de la sociedad civil independiente cubana.
Por su parte, el Estado cubano ha marcado brechas de desigualdad entre las mujeres de la sociedad civil independiente y el resto de la población femenina, por la única razón de pensar diferente o no estar de acuerdo con la ideología del Gobierno.
Las activistas de la sociedad civil independiente se sienten vulnerables y perciben que no cuenta con  instituciones  que aboguen por sus derechos. Las consecuencias se expresan en todos los ámbitos. Desconocimiento de los valores cívicos y de lo que constituye la base y el contenido de la sociedad civil, poco dominio de los conceptos, valores y fundamentos de la ciudadanía, así como de los derechos humanos. Esto afecta a todos los sectores, particularmente a las mujeres.
A pesar de que las mujeres en Cuba gozan de determinados  derechos y acceden a la educación en igualdad de condiciones con los hombres, su inclusión se produce dentro de un modelo diseñado y definido por los hombres: un modelo militarizado, vertical que bloquea la posibilidad y necesidad de que las mujeres diseñen y definan su participación con visiones propias y autónomas.
A ello se suma la prevalencia del diseño machista en la construcción de la familia que concentra todo el trabajo en la mujer y normaliza cultural y psicológicamente la división social del trabajo al interior  de la familia, el cuidado a enfermos y ancianos, la crianza de los niños, la limpieza del hogar, son responsabilidades que únicamente corresponde a la mujer en este sistema.
La debilidad del feminismo en Cuba responde a esa división que comienza en el hogar.
Esta guía para la prevención de la violencia política contra las  mujeres por razón de género servirá como herramienta de conocimiento, contribuyendo a prevenir y capacitar a las mujeres de la sociedad civil independiente cubana.
 
OBJETIVO GENERAL

Que las organizaciones de la sociedad civil  independiente contribuyan a la prevención y eliminación de la violencia política contra las mujeres por razón de género.

OBJETIVO ESPECÍFICO

Contribuir al desarrollo del conocimiento en cuanto a la violencia política contra las mujeres por razón de género.

Influir en el cambio de naturaleza del Estado a través de una mayor participación de la mujer en la vida social y política, desde su activismo dándoles una mayor visibilidad a sus problemas.
 
Para contribuir a la prevención es fundamental conocer y valorar la problemática que está sucediendo, así como lo que trae consigo. Aquí podrás nutrirte de conocimiento en temas de violencia contra la mujer en el ámbito político.

¿Qué es la violencia contra la mujer?

La violencia contra la mujer está definida por las Naciones Unidas como “todo acto de violencia de género que resulte, o pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas, de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se produce en lo público como en lo privado”.
Para entender la violencia contra la mujer es importante tener en cuenta el espacio en el qué está ocurriendo, en el caso que ocurra dentro del ámbito político entonces está afectando sus derechos políticos, y estamos en presencia de violencia política contra la mujer. Entendiéndose por cualquier acción, conducta u omisión basada en su género que cause daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a una mujer o varias mujeres, que tenga como objeto menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos políticos.

¿Cuándo estamos en presencia de violencia política hacia la mujer?

Si queremos contribuir con la prevención y eliminación de la violencia política hacia la mujer es necesario saber identificar cuando está ocurriendo. Entre las manifestaciones más frecuentes tenemos:

•    Amenazas.

•    Intimidación.

•    Acciones que interfieran en el derecho de participación política.

•    Acciones que agredan a las defensoras de los derechos de las mujeres.

•    Calumnias.

•    Agresiones físicas y verbales.
 
Es importante tener en cuenta en que espacio está ocurriendo y que derecho está siendo afectado. La violencia política contra la mujer por razón de género debe ocurrir dentro del marco político. Interfiere en sus derechos políticos. De no ser así, entonces estamos en presencia de otro tipo de violencia.

Debe estar perpetuada por cualquier persona o grupo de personas, principalmente por integrantes de partidos políticos, autoridades gubernamentales, funcionarios(as), representantes de medios de comunicación, el Estado, policía o agentes de seguridad.

Este tipo de violencia puede hacerse presente en cualquier escenario político, económico, social, civil, dentro del matrimonio, la familia o en cualquier relación interpersonal, en la comunidad, en una organización o partido político

La violencia política se dirige a una o varias mujeres, la familia o personas cercanas, a un grupo o comunidad.

Marco jurídico

Para la defensa ante la violencia política contra la mujer por razón de género es necesario conocer las normas nacionales e internacionales que las protegen, ya sean de carácter universal o nacional.

Universal

1.    Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

2.    Declaración de Naciones Unidas sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder.
 
Internacional regional

1.    Convención Americana sobre Derechos Humanos.
2.    Convención de los Derechos Políticos de la Mujer.
3.    Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer
4.    Convención    sobre    la    Eliminación    de    Todas    las    Formas    de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
5.    Ley Modelo Interamericana sobre Violencia Política contra las Mujeres.
Nacional

•    Constitución de La República de Cuba (Art. 41,42,43).

A modo de resumen, estas legislaciones establecen garantías a las mujeres para que vivan libres de discriminación en el ejercicio de sus derechos políticos, de estereotipos sociales o culturales fundamentado en la inferioridad o subordinación que las mujeres puedan desempeñarse y desarrollarse en igualdad de condición.

Sin embargo, la mujer de la sociedad civil independiente cubana es un sujeto vulnerable a la violencia política por razón de género, y está dado por la ausencia de una normativa cubana que las proteja ante una situación de violencia.
“La violencia es el último recurso del incompetente” (Isaac Asimov)